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La importancia de saber que votamos

Por Walter Anido (Especial para La Verdad Mercedes)

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El venidero 14 de noviembre los bonaerenses en general y los mercedinos en particular, tendremos la oportunidad de elegir a nuestros representantes de uno de los poderes del estado municipal. Se trata del departamento deliberativo que se renovará en un 50 por ciento como sucede cada dos años. Existe en este aspecto una importante aclaración puesto que en estas elecciones solo serán elegidos ediles a diferencia de los comicios donde se define el Intendente que extrañamente forma parte de la misma lista donde aparecen los candidatos al cuerpo deliberativo. Es decir, votamos en esas oportunidades a los representantes de ambos poderes en una misma lista, hecho que no sucede en otros niveles electorales.

Por caso, los candidatos a gobernador o presidente se muestran en cuerpos separados de los que aspiran a una banca de diputado o senador. Es oportuno mencionar que la norma establece que el primer candidato a concejal de esa lista que consagra al Intendente como tal, es el reemplazante natural del mismo ante determinadas circunstancias que también están claramente consignadas. La ley orgánica de las Municipalidades deja en claro cuáles son las competencias o atribuciones que tienen los concejales. Por una definición relacionada con la cantidad de habitantes, Mercedes está entre los parlamentos integrados por 18 miembros que perciben una dieta que puede ser de hasta 3 veces y medio un salario mínimo municipal.

Los concejales electos se definen en función de la cantidad de votos que recibe cada una de las propuestas. El reparto también tiene su cuota de injusticia por llamarlo de algún modo. Pues para aspirar a obtener una banca lo primero que debe suceder es recibir un caudal de votos que llegue a un piso. Ese piso se define de la siguiente manera: la cantidad de votos positivos se divide por la cantidad de cargos en juego. Se obtiene una cifra y a partir de entonces empieza el reparto. Pero cuando esos votos se acaban se apela a un residuo y cuando se termina el residuo el partido ganador de la compulsa es el que se verá más favorecido. Es decir que puede darse, como ha sucedido, que por la aplicación de ese método, hay fuerza que lograr acceder a dos o tres bancas sin más votos mientras que otros sectores minoritarios pueden quedar cerca de ese piso y terminar con las manos vacías.

El Concejo Deliberante es una institución democrática que no solo ejerce tareas de contralor sobre el departamento ejecutivo, sino que también legisla y sanciona ordenanzas que no son ni más ni menos que las “leyes” municipales que luego debe hacer cumplir y controlar el ejecutivo. En la propia LOM aparecen cuales son los alcances del funcionamiento del HCD que define el voto popular en cuanto a su conformación. Por las manos del concejo también pasan para su tratamiento y aprobación, la ordenanza de Presupuesto que define en números el plan de gobierno del Ejecutivo y la Ordenanza Fiscal e Impositiva que establece entre otros aspectos, los valores de las tasas, derechos y contribuciones que deben pagar los ciudadanos. Son primas hermanas, pues una permite el financiamiento de la otra. El Concejo tiene su propio presupuesto que equivale al 3 por ciento del Presupuesto Municipal.

En el caso de Mercedes cuenta con un plantel de personal mínimo, no hay secretarios de bloques nombrados como tales, ni tampoco tienen afectados vehículos o partidas especiales para otras actividades que no sean las estrictamente legislativas. Es decir, un funcionamiento austero en tiempos donde se cuestiona el gasto político en la Argentina. Tiene un reglamento interno que marca aspectos de su funcionamiento, sesiona de modo ordinario entre el 1 de abril y el 30 de noviembre y está facultado a convocar a sesiones extraordinarias cuando estén dadas las condiciones de necesidad y urgencia que lo ameriten. Sus sesiones son públicas y tiene algunas herramientas que facilitan la posibilidad de participar a los vecinos “de a pie” tanto sea a través de peticiones particulares (presentación de escritos) y bien la banca participativa que permite que un ciudadano plantee durante un lapso una problemática o propuesta que luego es analizada por los propios concejales en relación a la suerte que correrá la misma.

Lo que antecede son trazos gruesos acerca de los función y misión de los concejales y resulta necesario conocer aspectos tales, pues somos los votantes los que estaremos definiendo el futuro de esta institución de la democracia. Son apuntes útiles que intentan poner algo de claridad a lo que estaremos decidiendo el venidero 14 de noviembre. Es posible que muchos vecinos sepan estas cuestiones, aunque seguramente otros tantos no lo sepan. Si vamos a expresarnos y elegir a nuestros representantes, al menos resulta conveniente tener algunas cosas en claro. Ojala estas líneas sirvan para ello.

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