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La Justicia anuló el decreto que habilitó el blanqueo de familiares de funcionarios
El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11, anuló los artículos de un decreto firmado durante su presidencia Mauricio Macri y que les permitió a familiares de funcionarios públicos ingresar al blanqueo de capitales pese a que el Congreso los había excluido expresamente al sancionar la norma.
Para el juez, el decreto importó en efecto un exceso en la reglamentación de la ley “en tanto existen ampliaciones de beneficios a situaciones no previstas, e inclusión de sujetos originalmente excluidos”. Así, el magistrado señaló que “no cabe otra lectura que entender que por medio del Decreto 1206/06, enmarcado en el artículo 99 inc 2°) de la Constitución Nacional, y bajo una supuesta pretensión de incorporar precisiones, se modifican aspectos de la Ley 27.260 (…) “.
Cabe recordar que el decreto en cuestión, dictado por Macri en 2016, habilitó a parientes de funcionarios públicos para que puedan blanquear activos, aspecto que se encontraba expresamente vedado por la ley que creó ese régimen fiscal especial.
Ahora, el magistrado hizo lugar una demanda colectiva promovida por la asociación civil Abogados por la Justicia Social La Plata, Berisso y Ensenada (AJUS) y los entonces diputados nacionales Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti, y dictó la nulidad de los artículos 1, 2, 5 y 6 del decreto 1206/2016 firmado por el expresidente.
Cormick recordó que las modificaciones efectuadas por el decreto fueron discutidas tanto en la Cámara de Diputados como en la Cámara de Senadores, y allí se votó por excluir del blanqueo a los familiares de funcionarios. Por esos motivos, entendió que el decreto fue en sentido contrario a la voluntad expresada por el cuerpo legislativo.
En ese blanqueo, el mayor de la historia Argentina, quienes declaraban hasta 19.000 dólares no debían tributar, quienes formalizaban bienes entre 19.000 y 50.000 dólares tenían una alícuota de 5% y si se exteriorizaba un capital mayor una del 10%.