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Libertad para disponer sin límites el aumento en las cuotas

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A pocas semanas que se reanude la actividad educativa, el Gobierno nacional habilitó a los establecimientos de gestión privada de todos los niveles a fijar el valor de sus aranceles mensuales sin límites.

Lo hizo al derogar una norma que regía desde 2019 por la cual los colegios privados debían comunicar sus estructuras de costos a la Secretaría de Comercio y en función de un análisis de esta dependencia se permitían los aumentos.

“Que, entre los objetivos asignados a la citada Secretaría, se encuentra la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor, correspondiendo a su respecto la aplicación de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias” decía la norma derogada.

Añadía que “la relación entre escuelas privadas y educandos, reviste características típicas de los contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que las alumnas y los alumnos se hallan sujetos”.

En consecuencia, los colegios y universidades privadas podrán implementar los ajustes que crean convenientes y establecer las condiciones de acceso a sus servicios sin mayores restricciones.

Esta medida se toma a pocas semanas de que los colegios secundarios inicien sus procesos de recuperación de temas para los alumnos que adeuden materias de ciclos anteriores.

Asimismo, se da en el marco de la incipiente discusión sobre si la Argentina debe arancelar la educación universitaria para extranjeros.

La política de liberación de precios tiene un duro antecedente en la medicina prepaga, dado que las empresas dispusieron alzas de hasta 80% en apenas dos meses.

Si bien este es un mercado concentrado, e incluso los mismos actores admitieron que se pusieron de acuerdo para los incrementos, en el segmento educativo el escenario es más atomizado.

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