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La Procuración presentó el per saltum por el fallo favorable a Chubut y pidió la inhibición del juez

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La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy un recurso de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia, a raíz del fallo que hizo lugar al pedido de Chubut para que se le restituyan fondos coparticipables suspendidos por la Nación, y también pidió la inhibición del juez de Rawson Hugo Ricardo Sastre.

«La Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy la primera acción de su estrategia respecto de la causa de Chubut por el Fondo Compensador del Transporte. Se le pidió a la CSJN que inhiba al Juez de Rawson y que intervenga por ser el Tribunal competente para ello, por corresponder la competencia originaria y por la trascendencia institucional de la cuestión. Fin», anunció el vocero presidencial Manuel Adorni en su cuenta de X.
En tanto, el miércoles el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, anticipó que el Gobierno nacional iba a presentar «a la brevedad» el per saltum, en el marco de un trabajo conjunto con el procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.

Finalmente, la solicitud del Gobierno no fue técnicamente un per saltum, sino un pedido para que la Corte intervenga como tribunal único. En ese marco, en el oficialismo consideran que la relación de las provincias con el Gobierno nacional es competencia plena del máximo tribunal.

Sobre la sentencia del juez federal de Rawson, Cúneo Libarona consideró que se trata de «un disparate» y «una medida inadecuada», mientras calificó la actuación del magistrado como «una incompetencia manifiesta».

Además, insistió en que “el juez se pone a legislar sobre cuestiones económicas ajenas al Poder Judicial”, mientras que enfatizó que cuando salió el fallo se quedó «perplejo, sobre todo por la falta de solidez y de fundamento».

En su fallo del martes pasado, el juez Sastre exhortó a Chubut y Nación a que «arbitren medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios esenciales del estado provincial».

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