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COVID-19 (Coronavirus): Dispensa para personal judicial de la Provincia de Buenos Aires de concurrir a sus lugares de trabajo por cuestiones de salud.

Lo dispuso la Suprema Corte de Justicia del primer estado argentino

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El día de la fecha, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que a partir del lunes 16 de marzo y hasta el 31 del mismo mes del corriente año los magistrados, funcionarios y agentes de la Jurisdicción Administración de Justicia del Poder Judicial de Provincia de Buenos Aires, que se encuentren en los supuestos que se indican a continuación, quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas.

1. – Quienes hayan cumplido 65 o más años de edad a la fecha de la presente resolución, o que los cumplan durante su vigencia.
2. – Mujeres embarazadas
3.- Personas con depresión inmunológica de cualquier origen.
4.- Personas que padezcan diabetes
5.- Personas con insuficiencia renal
6.-Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares
7.- Personas trasplantadas
8.-Personas con patologías oncológicas
9.-Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.

Ver más detalles en la Resolución 149/20 publicada en sitio web oficial “scba.gov.ar”.

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