Provinciales
COVID-19 (Coronavirus): Dispensa para personal judicial de la Provincia de Buenos Aires de concurrir a sus lugares de trabajo por cuestiones de salud.
Lo dispuso la Suprema Corte de Justicia del primer estado argentino
El día de la fecha, la presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso que a partir del lunes 16 de marzo y hasta el 31 del mismo mes del corriente año los magistrados, funcionarios y agentes de la Jurisdicción Administración de Justicia del Poder Judicial de Provincia de Buenos Aires, que se encuentren en los supuestos que se indican a continuación, quedarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo, sin que esto perjudique su remuneración habitual o el goce de licencias concedidas.
1. – Quienes hayan cumplido 65 o más años de edad a la fecha de la presente resolución, o que los cumplan durante su vigencia.
2. – Mujeres embarazadas
3.- Personas con depresión inmunológica de cualquier origen.
4.- Personas que padezcan diabetes
5.- Personas con insuficiencia renal
6.-Personas hipertensas o con patologías cardiovasculares
7.- Personas trasplantadas
8.-Personas con patologías oncológicas
9.-Personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias.
Ver más detalles en la Resolución 149/20 publicada en sitio web oficial “scba.gov.ar”.
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