Locales
La Provincia habilitó algunas actividades propuestas en el marco de la administración de la medida de ASPO.
Ellas son: Apertura administrada de comercios – Obra privada, oficios y rubros conexos – Profesionales independientes no relacionados con la salud – Peluquerías – Inmobiliarias para cobro y pago de personas no bancarizadas.
Cada una de las actividades autorizadas tiene un protocolo de administración del aislamiento social, preventivo y obligatorio para la apertura de establecimientos comerciales, actividad inmobiliaria, obras privadas y peluqueros y estilistas.-
El texto completo de la disposición municipal que lleva la firma del Intendente Dr. Juan Ignacio Ustarroz y de la Secretaria de Gobierno Dra. María Clara Zunino para comercios es el siguiente:
PROTOCOLO DE ADMINISTRACION DEL AISLAMIENTO SOCIAL,
PREVENTIVO Y OBLIGATORIO PARA LA APERTURA DE
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES MUNICIPALIDAD DE MERCEDES
Todas las actividades deberán cumplimentar con las siguientes medidas generales:
Protocolos sanitarios y recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación
publicados en el portal www.argentina.gob.ar en relación a la pandemia del
COVID19.
Licencias especiales para factores de riesgo conforme Resolución N° 20/2020
del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y Resolución
N° 90/2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos
Aires.
Cumplimiento de Resolución N° 135/2020 del Ministerio de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires; Disposición N° 29/2020 del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación; Disposición N° 5/2020 de la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que aprueban recomendaciones
sobre comunicación, funcionamiento, desplazamiento, higiene y elementos de
protección personal.
Protocolos específicos de cada actividad que puedan estar vigentes en el
ámbito nacional, provincial o local.
Registro municipal de actividades COVID19 que estará disponible en la web
www.mercedes.gob.ar una vez aprobado cada Protocolo de actuación según
la actividad que corresponda, donde deberán registrarse los titulares y cargar
la documentación que corresponda.
Protocolo municipal para empresas, comercios y trabajadores que se adjunta
al presente, que será suscripto con carácter de declaración jurada en la
plataforma web mencionada en el punto anterior.
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En caso de corresponder, deberán tramitar el Certificado Único de Circulación
disponible en
https://www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados.
Todas las actividades deberán cumplimentar con las siguientes medidas
específicas:
Protocolo de funcionamiento
Deberán registrarse en la plataforma protocoloscovid.mercedes.gob.ar, si ya
lo hicieron para delivery deberán volver a registrarse. Incluye a todos los
comercios que se encuentren en actividad desde el inicio de la medida de
ASPO el 21 de marzo del corriente año.
a. Venta online y delivery:
Se rige por el protocolo específico vigente. Podrán hacerlo todos los días, y
las entregas se realizarán en el horario de 16 a 18 horas.
b. Cobro de cuotas
Deberán convocar a sus clientes con un sistema de turnos por día y
terminación de DNI, similar al sistema que están aplicando las entidades
bancarias, llevando un registro diario de los clientes que concurren al
establecimiento con ese fin.
c. Atención al público:
Solo podrán abrir por rubro los días de la semana que se establezcan:
Los rubros habilitados semanalmente son:
1. Indumentaria, Calzado, Casas de Deportes, Accesorios: martes y
viernes
2. Artículos para el hogar, Bazar, Electrodomésticos, Insumos informáticos y
telefonía celular: lunes y miércoles.
3. Regalería, Juguetería, Mercería, Viveros, Florerías, Librerías, Papeleras:
jueves.
• La atención al público será de 15 a 18 horas.
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• Los locales que cuenten con un espacio físico de hasta 20 metros
cuadrados podrán ingresar una persona a la vez. Aquellos que superen
los 20 metros cuadrados podrán ingresar dos. Deberá respetarse la
distancia mínima de 1,5 metros entre las personas.
• Los clientes no podrán ingresar con acompañante.
• Deberán contar con una nómina diaria de clientes, donde se los pueda
individualizar, la misma deberá contener los siguientes datos: apellido y
nombre, D.N.I, domicilio real y teléfono.
• Se colocará cartelería visible en el comercio, con información
actualizada sobre métodos de Prevención ante el COVID- 19.
• Se recomienda el uso de medios de pago electrónicos. En caso de que
el pago se realice a través de tarjetas de crédito o débito, se deberán
desinfectar tanto las tarjetas como el posnet utilizado con solución de
agua y alcohol.
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